PDA

View Full Version : A quien corresponda....


Sayos
11-23-2007, 01:54 AM
...postear aca, que lo haga libremente. :angel1:

pescaupintau
11-23-2007, 02:06 AM
claro, pero si no corresponde que postee en otro lado

Ego_Ipse
11-23-2007, 02:07 AM
claro, pero si no corresponde que postee en otro lado
Claro que sí! mish, estos desubicados que postean donde les da la gana, sin respetar a nada ni a nadie...

pescaupintau
11-23-2007, 02:20 AM
¿y si no le corresponde y postea aquí? :eek:

¿lo agarramo' a la salida lo agarramo'? :viking: :cuac:

Ego_Ipse
11-23-2007, 02:23 AM
¿y si no le corresponde y postea aquí? :eek:

¿lo agarramo' a la salida lo agarramo'? :viking: :cuac:

Claramente: te voi a pitiati logi shushitumare!!!

ArcticWolf
11-23-2007, 02:23 AM
Y corresponde o no que pregunte si corresponde o no en este thread? Sino hay que moverlo a discusión general.

maxpower_sgo
11-23-2007, 03:42 AM
Y corresponde o no que pregunte si corresponde o no en este thread? Sino hay que moverlo a discusión general.
si corresponde o no cerresponde?corresponde que lo postiemos ? o crresponde quedar donde corresponde?:metal:

sunos
11-23-2007, 03:52 AM
...postear aca, que lo haga libremente. :angel1:
ufa, yo queria postear :'(

ArcticWolf
11-23-2007, 04:06 AM
ufa, yo queria postear :'(

Pero a vos te corresponde! Es tu responsabilidad!

Ornu
11-23-2007, 04:08 AM
ufa, yo queria postear :'(

[Mode_desvir_on] ¡Esa!, ¡casi count! ^^ [Mode_desvir_off]

sunos
11-23-2007, 04:13 AM
Pero a vos te corresponde! Es tu responsabilidad!
seguro? o.0

ArcticWolf
11-23-2007, 04:17 AM
seguro? o.0

Pertenecés al salón de la fama foril. :sifflote:

sunos
11-23-2007, 04:18 AM
Pertenecés al salón de la fama foril. :sifflote:
iuju

Hola sayos ^^

ArcticWolf
11-23-2007, 04:21 AM
iuju

Hola sayos ^^


Claro, a él sí y a mí no.

sunos
11-23-2007, 04:26 AM
Claro, a él sí y a mí no.
a vos desp te agarro co sunita ^^

ArcticWolf
11-23-2007, 05:07 AM
a vos desp te agarro co sunita ^^

:eek:!!!!!

Cómo estamos hoy, eh!

Lestu
11-23-2007, 05:22 AM
Oa? que pasa aca?

Ego_Ipse
11-23-2007, 05:30 AM
Oa? que pasa aca?
Antes que todo: ¿Estás facultada para postear acá?

Lestu
11-23-2007, 05:31 AM
Antes que todo: ¿Estás facultada para postear acá?

:eek:

Tengo que rendir una certificación?? como es eso??... Solo quise saludar! :ohill:

Ego_Ipse
11-23-2007, 05:37 AM
:eek:

Tengo que rendir una certificación?? como es eso??... Solo quise saludar! :ohill:

Sí:


E-mail

Usuario

Deberás seleccionar un Usuario y una Contraseña que te permitan ingresar periódicamente a este thread para administrar tu cuenta. El Usuario debe contener entre 6 y 16 caracteres. Sólo pueden usarse letras y números, exceptuando signos, acentos y la letra ñ, Ñ.
Contraseña
Confirmación de contraseña
Nombres
Apellidos
Sexo
Femenino Masculino
Fecha de nacimiento
(DD/MM/AAAA)
Nacionalidad
Estado civil
Casado/a Divorciado/a Soltero/a Viudo/a
Documento Tipo
Número (sólo números, sin puntos ni comas)
Calle
Número
Piso Depto
Código Postal
País
Región
Partido
Localidad
Ciudad
Teléfono
Teléfono alternativo
Debés especificar el código de área.

Lestu
11-23-2007, 05:45 AM
Sí:


E-mail

Usuario

Deberás seleccionar un Usuario y una Contraseña que te permitan ingresar periódicamente a este thread para administrar tu cuenta. El Usuario debe contener entre 6 y 16 caracteres. Sólo pueden usarse letras y números, exceptuando signos, acentos y la letra ñ, Ñ.
Contraseña
Confirmación de contraseña
Nombres
Apellidos
Sexo
Femenino Masculino
Fecha de nacimiento
(DD/MM/AAAA)
Nacionalidad
Estado civil
Casado/a Divorciado/a Soltero/a Viudo/a
Documento Tipo
Número (sólo números, sin puntos ni comas)
Calle
Número
Piso Depto
Código Postal
País
Región
Partido
Localidad
Ciudad
Teléfono
Teléfono alternativo
Debés especificar el código de área.
No hagas que la ilusión de muchos se pierda en este thread...

(Digo, eso pasaría si te contesto a todas esas preguntas) ajjaj

Ego_Ipse
11-23-2007, 06:38 AM
También está la versión simplificada...

585 20
2 586 142
3 515 587
4 503 502 +
5 110 111 +
6 512 513 +
7 509 510 -
8 708 709 -
9 516 517 +
10 500 501 +
11 154 +
12 518 +
13 538 =
14 511 514
15 564 521
16 566 560
17 584 562
18 519 520 +
19 524 525 +
20 527 528 -
21 531 532 +
22 534 535 +
23 536 553 +
24 504 +
25 593 -
26 594 -
27 592 -
28 539 -
29 164 +
30 127 +
31 544 +
32 523 +
33 537 =
34 77 IVA determinado 89 +
35 50 +
36 48 +
37 151 +
38 153 +
39 54 +
40 56 +
41 588 +
42 589 +
43 30 563 115 68 62 +
44 565 120 542 122 123 +
45 700 701 702 711 703 +
46 152 +
47 70 +
48 66 +
49 595 =
01 02 05
583 (Si marca con X el casillero, registre los cambios al reverso)
98 91 =
99 92 +
100 93 +
101 94 =
Remanente de crédito fiscal para el período siguiente
Remanente Crédito Fiscal mes anterior
Devolución Solicitud Art. 36 (Exportadores)
Devolución Solicitud Art. 27 bis (Activo fijo)
Certificado Imputación Art. 27 bis (Activo fijo)
Formulario de pago de importaciones del giro
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO D.L. 825/74
Facturas de Compra recibidas con retención parcial (contribuyentes retenidos)
Notas de Débito emitidas
Notas de Crédito emitidas por Facturas
Adiciones al Débito Fiscal del mes, originadas en devoluciones excesivas registradas en otros períodos por Art.27 bis
Restitución Adicional por proporción de operaciones exentas y/o no gravadas por concepto Art.27 bis, inc.2° (Ley 19.738/01)
TOTAL DEBITOS
Apellido Paterno o Razón Social Apellido Materno
Cantidad de documentos
Cantidad de documentos
Más Intereses y multas
TOTAL A PAGAR CON RECARGO
Cambia datos de Domicilio
TOTAL A PAGAR EN PLAZO LEGAL
Más IPC
SUB TOTAL IMPUESTO DETERMINADO ANVERSO. (Suma de las líneas 34 a 48, columna Impuesto y/o PPM determinado)
Nombres
Explotador Minero Art. 84 h)
PPM Neto Determinado
2a Categoría Art. 84, b) (tasa 10%)
Taller artesanal Art.84, c) (tasa de 1,5% o 3%)
Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art 84, e) y f) (tasa de 0,3%)
Monto Pérdida Art.90 Base Imponible Tasa Crédito
Retención Impuesto Primera Categoría por rentas de capitales mobiliarios del Art.20 N°2, según Art.73 LIR
Retención Impuesto Único a los Trabajadores, según Art. 74 N° 1 LIR
Retención de Impuesto con tasa del 10% sobre las rentas del Art. 42 N°2, según Art. 74 N°2 LIR
Retención de Impuesto con tasa del 10% sobre las rentas del Art. 48, según Art. 74 N°3 LIR
Retención a Suplementeros, según Art. 74 N° 5 (tasa 0,5%) LIR
Recuperación Impuesto Específico Petróleo Diesel soportado por Transportistas de Carga (Art. 2° Ley N°19.764/01)
Retención por compra de productos mineros, según Art. 74 N° 6 LIR
Retención sobre cantidades pagadas en cumplimiento de Seguros Dotales del Art.17 N°3 (tasa 15%)
Retención sobre retiros de Ahorro Previsional Voluntario del Art.42 bis LIR (tasa 15%)
Crédito del Art.11° Ley 18.211 (correspondiente a Zona Franca de Extensión)
TOTAL CREDITOS
Notas de Crédito recibidas
IMPUESTO DETERMINADO
Formulario de pago de importaciones de activo fijo
Devolución Solicitud Art. 3° (Cambio de Sujeto)
Monto Reintegrado por Devolución Indebida de Crédito Fiscal D.S. 348 (Exportadores)
Recuperación de Impuesto Específico al Petróleo Diesel (Art. 6° Ley 18.502/86 y Art. 1° y 3° D.S. N° 311/86)
Monto Neto
Facturas activo fijo
Crédito, Recuperación y Reintegro
Facturas recibidas del giro y Facturas de compra emitidas
Sin Derecho a Crédito
IVA por documentos electrónicos recibidos
Boletas
Débitos
Internas afectas
Importaciones
Exportaciones
Facturas de Compra recibidas con retención total (contribuyentes retenidos)
Ventas y/o Servicios prestados Internos Exentos, o No Gravados
Mineros, Art.84 a)
Liquidación Factura
Cantidad de documentos
Facturas emitidas
Notas de Crédito emitidas por Vales de máquinas autorizadas por el Servicio
Con Derecho a Crédito
Internas exentas, o no gravadas
Notas de Débito recibidas
1a Categoría Art. 84 a)
Diferencia Total Débitos (línea 13, código 538) menos Total Créditos (línea 33, código 537) ; trasládelo a la línea 34. Si el resultado es positivo al código 89, si es negativo al código 77 sin signo.
Si no declara Tributación Simplificada , Impuesto Adicional (Art. 37 o Art. 42), Cotización Adicional, Crédito Especial Empresas Constructoras, Recuperación de Peaje Transportistas de Pasajeros o Cambio de Sujeto; traslade el valor
de línea 49 (código 595) a línea 98 (código 91), en caso contrario continúe al reverso.
Viene de línea 49 código 595, ó línea 93 código 547
Declaro bajo juramento que los datos contenidos en esta declaración son la
expresión fiel de la verdad, por lo que asumo la responsabilidad correspondiente.

50 529
51 530
52 409 +
53 522 +
54 526 +
55 113 +
56 28 -
57 548 -
58 540 -
59 541 +
60 549 550 +
61 577 +
62 32 +
63 150 +
64 146 +
65 545 +
66 546 -
67 710 -
68 602 =
69 575 576 +
70 574 33 +
71 580 149 +
72 582 85 +
73 551 +
74 559 -
75 508 +
76 533 -
77 552 +
78 Total créditos Art.44 DL 825/74 603 =
79 507 506 +
80 556 +
81 557 +
82 558 -
83 543 =
84 573 598 -
85 39 +
86 554 +
87 597 +
88 555 + 596 +
89 704 705 706 -
90 160 161 570 -
91 126 128 571 -
92 572 568 590 -
93 547 =
94 707
95 73
96 130
97 591
611 612
53 613 601 604
44 313 314 Domicilio Postal Correo Electrónico
06
Comuna Región
Rut Contador
Teléfono
Comuna Postal
REGISTRE SI CAMBIA ALGUNO DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES
N° Departamento Villa o Población Calle 610
Cod. área teléfono
Rut Representante Legal 55
Teléfono celular 08 09
726
Fax
Retención Cambio de Sujeto
Imputación del Pago Patente
Aguas Ley 20.017/05
Remanente anterior Total a Imputar
Crédito Especial Empresas
Constructoras
Retención de margen de comercialización
Retención Anticipo de Cambio de Sujeto
Cotización Adicional Ley
18.566/86
Remanente mes anterior
CAMBIO DE SUJETO (AGENTE RETENEDOR)
IVA total retenido a terceros (tasa Art. 14 DL 825/74)
IVA parcial retenido a terceros (según tasa)
Remanente Anticipos Cambio Sujeto para período siguiente. Anticipo a imputar
ANTICIPO CAMBIO DE SUJETO (CONTRIBUYENTES RETENIDOS)
IVA anticipado del período
Remanente del mes anterior
Devolución del mes anterior
Total de Anticipo
Remanente crédito Imp. Adic. Art.42 para período siguiente Impuesto Adicional Art.42 determinado
Devolución Art. 36 D.L.825/74 relativas impuesto Art.42
Monto reintegrado devoluciones indebidas de crédito por exportaciones
Cervezas (tasa 15%)
Bebidas analcohólicas (tasa 13%)
Total Débitos Art. 42 DL 825/74
Notas de Crédito emitidas por Vales de máquinas autorizadas por el Servicio
Notas de Crédito emitidas por Facturas
Notas de Débito emitidas
Débitos
Pisco, Licores, Whisky y Aguardiente (tasa 27%)
Vinos, Champaña, Chichas (tasa 15%)
Cervezas (tasa 15%)
Bebidas analcohólicas (tasa 13%)
Letras e), h), i), l) (tasa 15%)
Letra j) (tasa 50%)
Débito de Impuesto Adicional Ventas Art. 37 letras a), b) y c) y Art. 40 D.L.825/74 (tasa 15%)
Crédito de Impuesto Adicional Art.37 letras a), b) y c) D.L. 825/74
Monto reintegrado por devolución indebida de crédito por exportadores D.L. 825/74
SISTEMA DE TRIBUTACIÓN SIMPLIFICADA DEL IVA, ART. 29 D.L. 825/74
Ventas del período
Crédito del período
IVA determinado por concepto de Tributación Simplificada
IMPUESTO DETERMINADO
Impuesto Adicional Art. 37 y Art. 40 determinado
crédito Art. 37 mes anterior D.L.825/74
Devolución Solicitud Art.36 relativa al Impuesto Adicional Art.37 letras a), b) y c) D.L. 825/74
Remanente crédito impuesto Art.37 para período siguiente
Notas de Crédito recibidas
Remanente crédito Art.42 mes anterior
Total crédito recargado en facturas recibidas Crédito imputable del periodo
Notas de Débito recibidas
Pisco, Licores, Whisky y Aguardiente (tasa 27%)
Vinos, Champaña, Chichas (tasa 15%)
Total Crédito mes
TOTAL DETERMINADO
Recup. Peajes Transportistas
Pasajeros, Ley 19.764/01
Remanente mes anterior
Total Crédito mes Remanente mes anterior
Total Crédito mes
Remanente periodo siguiente Patente Aguas, Ley
20.017/05
Remanente de Cotizacion Adicional Ley 18.566/86
Remanente Crédito Especial Empresas Constructoras
Remanente Recup. de Peajes Trans. Pasajeros Ley
19.764/01
Diferencia Débito menos Crédito
Impuesto Art. 37 D.L. 825/74
(operación aritmética de las líneas
55 a la 59), traslade el valor a la
línea 60. Si el resultado es
positivoal código 550, en caso
contrario sl código 549 sin signo.
Diferencia Débito menos Crédito
Impuesto Art. 42 D.L. 825/74 (código
602 menos el código 603), traslade
el valor a la línea 79. Si el resultado
es positivo al código 506, en caso
contrario al código 507 sin signo.
Registre Total de anticipo (código 543)
en el código 598, con tope del valor del
código 89 línea 34, el saldo restante se
debe registrar en el remanente para el
mes siguiente, código 573.
Registre en el código 596 la suma de las
retenciones (código 39, 554, 597 y 555)
Realice la operación aritmética de las líneas 49 a 92 (columna Impuesto Determinado). Registre el valor resultante en el código 547 (línea 93), si es negativo anótelo entre paréntesis.
Si código 547 es positivo, trasládelo al
anverso (código 91, línea 98), en caso
contrario regístrelo en los códigos de
remanente (línea 94 a 97) teniendo
presente las instrucciones.

El-Oso-Sargento
11-23-2007, 07:44 AM
cuan aburrida esta la gente:ohill: :ohill:

P.D. dejar de vivir en la taberna he iros a montarla en el regnum.

pescaupintau
11-23-2007, 12:11 PM
órale, mejor que no me corresponda postear aquí

Jason
11-23-2007, 03:37 PM
...postear aca, que lo haga libremente. :angel1:
Yo tengo prision preventiva puedo o consulto con mi abogado?

Jason
11-23-2007, 03:38 PM
También está la versión simplificada...

585 20
2 586 142
3 515 587
4 503 502 +
5 110 111 +
6 512 513 +
7 509 510 -
8 708 709 -
9 516 517 +
10 500 501 +
11 154 +
12 518 +
13 538 =
14 511 514
15 564 521
16 566 560
17 584 562
18 519 520 +
19 524 525 +
20 527 528 -
21 531 532 +
22 534 535 +
23 536 553 +
24 504 +
25 593 -
26 594 -
27 592 -
28 539 -
29 164 +
30 127 +
31 544 +
32 523 +
33 537 =
34 77 IVA determinado 89 +
35 50 +
36 48 +
37 151 +
38 153 +
39 54 +
40 56 +
41 588 +
42 589 +
43 30 563 115 68 62 +
44 565 120 542 122 123 +
45 700 701 702 711 703 +
46 152 +
47 70 +
48 66 +
49 595 =
01 02 05
583 (Si marca con X el casillero, registre los cambios al reverso)
98 91 =
99 92 +
100 93 +
101 94 =
Remanente de crédito fiscal para el período siguiente
Remanente Crédito Fiscal mes anterior
Devolución Solicitud Art. 36 (Exportadores)
Devolución Solicitud Art. 27 bis (Activo fijo)
Certificado Imputación Art. 27 bis (Activo fijo)
Formulario de pago de importaciones del giro
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO D.L. 825/74
Facturas de Compra recibidas con retención parcial (contribuyentes retenidos)
Notas de Débito emitidas
Notas de Crédito emitidas por Facturas
Adiciones al Débito Fiscal del mes, originadas en devoluciones excesivas registradas en otros períodos por Art.27 bis
Restitución Adicional por proporción de operaciones exentas y/o no gravadas por concepto Art.27 bis, inc.2° (Ley 19.738/01)
TOTAL DEBITOS
Apellido Paterno o Razón Social Apellido Materno
Cantidad de documentos
Cantidad de documentos
Más Intereses y multas
TOTAL A PAGAR CON RECARGO
Cambia datos de Domicilio
TOTAL A PAGAR EN PLAZO LEGAL
Más IPC
SUB TOTAL IMPUESTO DETERMINADO ANVERSO. (Suma de las líneas 34 a 48, columna Impuesto y/o PPM determinado)
Nombres
Explotador Minero Art. 84 h)
PPM Neto Determinado
2a Categoría Art. 84, b) (tasa 10%)
Taller artesanal Art.84, c) (tasa de 1,5% o 3%)
Transportistas acogidos a Renta Presunta, Art 84, e) y f) (tasa de 0,3%)
Monto Pérdida Art.90 Base Imponible Tasa Crédito
Retención Impuesto Primera Categoría por rentas de capitales mobiliarios del Art.20 N°2, según Art.73 LIR
Retención Impuesto Único a los Trabajadores, según Art. 74 N° 1 LIR
Retención de Impuesto con tasa del 10% sobre las rentas del Art. 42 N°2, según Art. 74 N°2 LIR
Retención de Impuesto con tasa del 10% sobre las rentas del Art. 48, según Art. 74 N°3 LIR
Retención a Suplementeros, según Art. 74 N° 5 (tasa 0,5%) LIR
Recuperación Impuesto Específico Petróleo Diesel soportado por Transportistas de Carga (Art. 2° Ley N°19.764/01)
Retención por compra de productos mineros, según Art. 74 N° 6 LIR
Retención sobre cantidades pagadas en cumplimiento de Seguros Dotales del Art.17 N°3 (tasa 15%)
Retención sobre retiros de Ahorro Previsional Voluntario del Art.42 bis LIR (tasa 15%)
Crédito del Art.11° Ley 18.211 (correspondiente a Zona Franca de Extensión)
TOTAL CREDITOS
Notas de Crédito recibidas
IMPUESTO DETERMINADO
Formulario de pago de importaciones de activo fijo
Devolución Solicitud Art. 3° (Cambio de Sujeto)
Monto Reintegrado por Devolución Indebida de Crédito Fiscal D.S. 348 (Exportadores)
Recuperación de Impuesto Específico al Petróleo Diesel (Art. 6° Ley 18.502/86 y Art. 1° y 3° D.S. N° 311/86)
Monto Neto
Facturas activo fijo
Crédito, Recuperación y Reintegro
Facturas recibidas del giro y Facturas de compra emitidas
Sin Derecho a Crédito
IVA por documentos electrónicos recibidos
Boletas
Débitos
Internas afectas
Importaciones
Exportaciones
Facturas de Compra recibidas con retención total (contribuyentes retenidos)
Ventas y/o Servicios prestados Internos Exentos, o No Gravados
Mineros, Art.84 a)
Liquidación Factura
Cantidad de documentos
Facturas emitidas
Notas de Crédito emitidas por Vales de máquinas autorizadas por el Servicio
Con Derecho a Crédito
Internas exentas, o no gravadas
Notas de Débito recibidas
1a Categoría Art. 84 a)
Diferencia Total Débitos (línea 13, código 538) menos Total Créditos (línea 33, código 537) ; trasládelo a la línea 34. Si el resultado es positivo al código 89, si es negativo al código 77 sin signo.
Si no declara Tributación Simplificada , Impuesto Adicional (Art. 37 o Art. 42), Cotización Adicional, Crédito Especial Empresas Constructoras, Recuperación de Peaje Transportistas de Pasajeros o Cambio de Sujeto; traslade el valor
de línea 49 (código 595) a línea 98 (código 91), en caso contrario continúe al reverso.
Viene de línea 49 código 595, ó línea 93 código 547
Declaro bajo juramento que los datos contenidos en esta declaración son la
expresión fiel de la verdad, por lo que asumo la responsabilidad correspondiente.

50 529
51 530
52 409 +
53 522 +
54 526 +
55 113 +
56 28 -
57 548 -
58 540 -
59 541 +
60 549 550 +
61 577 +
62 32 +
63 150 +
64 146 +
65 545 +
66 546 -
67 710 -
68 602 =
69 575 576 +
70 574 33 +
71 580 149 +
72 582 85 +
73 551 +
74 559 -
75 508 +
76 533 -
77 552 +
78 Total créditos Art.44 DL 825/74 603 =
79 507 506 +
80 556 +
81 557 +
82 558 -
83 543 =
84 573 598 -
85 39 +
86 554 +
87 597 +
88 555 + 596 +
89 704 705 706 -
90 160 161 570 -
91 126 128 571 -
92 572 568 590 -
93 547 =
94 707
95 73
96 130
97 591
611 612
53 613 601 604
44 313 314 Domicilio Postal Correo Electrónico
06
Comuna Región
Rut Contador
Teléfono
Comuna Postal
REGISTRE SI CAMBIA ALGUNO DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES
N° Departamento Villa o Población Calle 610
Cod. área teléfono
Rut Representante Legal 55
Teléfono celular 08 09
726
Fax
Retención Cambio de Sujeto
Imputación del Pago Patente
Aguas Ley 20.017/05
Remanente anterior Total a Imputar
Crédito Especial Empresas
Constructoras
Retención de margen de comercialización
Retención Anticipo de Cambio de Sujeto
Cotización Adicional Ley
18.566/86
Remanente mes anterior
CAMBIO DE SUJETO (AGENTE RETENEDOR)
IVA total retenido a terceros (tasa Art. 14 DL 825/74)
IVA parcial retenido a terceros (según tasa)
Remanente Anticipos Cambio Sujeto para período siguiente. Anticipo a imputar
ANTICIPO CAMBIO DE SUJETO (CONTRIBUYENTES RETENIDOS)
IVA anticipado del período
Remanente del mes anterior
Devolución del mes anterior
Total de Anticipo
Remanente crédito Imp. Adic. Art.42 para período siguiente Impuesto Adicional Art.42 determinado
Devolución Art. 36 D.L.825/74 relativas impuesto Art.42
Monto reintegrado devoluciones indebidas de crédito por exportaciones
Cervezas (tasa 15%)
Bebidas analcohólicas (tasa 13%)
Total Débitos Art. 42 DL 825/74
Notas de Crédito emitidas por Vales de máquinas autorizadas por el Servicio
Notas de Crédito emitidas por Facturas
Notas de Débito emitidas
Débitos
Pisco, Licores, Whisky y Aguardiente (tasa 27%)
Vinos, Champaña, Chichas (tasa 15%)
Cervezas (tasa 15%)
Bebidas analcohólicas (tasa 13%)
Letras e), h), i), l) (tasa 15%)
Letra j) (tasa 50%)
Débito de Impuesto Adicional Ventas Art. 37 letras a), b) y c) y Art. 40 D.L.825/74 (tasa 15%)
Crédito de Impuesto Adicional Art.37 letras a), b) y c) D.L. 825/74
Monto reintegrado por devolución indebida de crédito por exportadores D.L. 825/74
SISTEMA DE TRIBUTACIÓN SIMPLIFICADA DEL IVA, ART. 29 D.L. 825/74
Ventas del período
Crédito del período
IVA determinado por concepto de Tributación Simplificada
IMPUESTO DETERMINADO
Impuesto Adicional Art. 37 y Art. 40 determinado
crédito Art. 37 mes anterior D.L.825/74
Devolución Solicitud Art.36 relativa al Impuesto Adicional Art.37 letras a), b) y c) D.L. 825/74
Remanente crédito impuesto Art.37 para período siguiente
Notas de Crédito recibidas
Remanente crédito Art.42 mes anterior
Total crédito recargado en facturas recibidas Crédito imputable del periodo
Notas de Débito recibidas
Pisco, Licores, Whisky y Aguardiente (tasa 27%)
Vinos, Champaña, Chichas (tasa 15%)
Total Crédito mes
TOTAL DETERMINADO
Recup. Peajes Transportistas
Pasajeros, Ley 19.764/01
Remanente mes anterior
Total Crédito mes Remanente mes anterior
Total Crédito mes
Remanente periodo siguiente Patente Aguas, Ley
20.017/05
Remanente de Cotizacion Adicional Ley 18.566/86
Remanente Crédito Especial Empresas Constructoras
Remanente Recup. de Peajes Trans. Pasajeros Ley
19.764/01
Diferencia Débito menos Crédito
Impuesto Art. 37 D.L. 825/74
(operación aritmética de las líneas
55 a la 59), traslade el valor a la
línea 60. Si el resultado es
positivoal código 550, en caso
contrario sl código 549 sin signo.
Diferencia Débito menos Crédito
Impuesto Art. 42 D.L. 825/74 (código
602 menos el código 603), traslade
el valor a la línea 79. Si el resultado
es positivo al código 506, en caso
contrario al código 507 sin signo.
Registre Total de anticipo (código 543)
en el código 598, con tope del valor del
código 89 línea 34, el saldo restante se
debe registrar en el remanente para el
mes siguiente, código 573.
Registre en el código 596 la suma de las
retenciones (código 39, 554, 597 y 555)
Realice la operación aritmética de las líneas 49 a 92 (columna Impuesto Determinado). Registre el valor resultante en el código 547 (línea 93), si es negativo anótelo entre paréntesis.
Si código 547 es positivo, trasládelo al
anverso (código 91, línea 98), en caso
contrario regístrelo en los códigos de
remanente (línea 94 a 97) teniendo
presente las instrucciones.
Ja bienvenido a la triste vida de un contador:ohill:

Sayos
11-23-2007, 03:41 PM
iuju

Hola sayos ^^

Holi sunita ^^

Sayos
11-23-2007, 03:41 PM
Oa? que pasa aca?

Ehhh prende la pc, digo el server!!!! :fury:

Sayos
11-23-2007, 03:43 PM
Yo tengo prision preventiva puedo o consulto con mi abogado?

consulta y veni :biggrin: