climene
08-11-2010, 06:19 PM
http://www.derechosdigitales.org/wp-content/uploads/MG_5106_resize1.jpg
¿Podría existir algo más triste que miles de fans imposibilitados de escuchar la canción preferida de su cantante favorita? ¿Habrá algo más deprimente que a un artista se le niegue cantar sus interpretaciones más representativas? ¿Habrá un escenario cultural más pobre que el que, con excusas legales, impide que toda una comunidad disfrute del acceso su patrimonio histórico musical?
Lamentablemente, todo lo anterior existe. Y los afectados lo viven con verdadera devastación. Se trata del caso que está pasando la histórica cantante libanesa Fairouz –probablemente una de las intérpretes más populares y queridas del mundo árabe– a quien una corte le ha prohibido cantar canciones compuestas por Mansour Rahbani (http://www.guardian.co.uk/world/2010/jul/29/fairouz-diva-middle-east), entre ellas la clásica operata “Ya’ish, Ya’ish”.
La prohibición responde a la demanda presentada en contra de la cantante por parte de los hijos de Mansour, una vez que éste murió. Mansour y su hermano Assi Rahbani (esposo ya fallecido de Fairouz), crearon en conjunto cientos de canciones para la cantante hasta que en 2008, los hijos de Mansour la demandaron y ahora una corte les da la razón: Fairouz no podrá cantar las composiciones de su padre en público. Todo, porque la intérprete está acusada de no pedir su permiso para cantar ese repertorio o pagarles las regalías necesarias.
Y aunque Fairouz no ha dado ninguna declaración pública, según una fuente de Al Masry Al Youm (http://www.almasryalyoum.com/en/news/fairouz-fans-organize-cairo-and-beirut), la cantante considera la disputa es un ataque personal en lugar de una aplicación legítima de la propiedad intelectual. Con todo, sus fans del Líbano y otros países se han reunido a hacer protestas ante la decisión legal, y el medio millón de miembros de la página Facebook oficial de Fairouz han repletado la web con comentarios de apoyo.
Muchas figuras públicas están tratando de convencer a los demandantes que se retracten de sus actos. Y aunque esas gestiones particulares puedan resultar, no implica que la situación no se vuelva a repetir con uno u otro cantante, con una u otra expresión cultural. Más allá de una anécdota particular, el caso de Fairouz refleja cómo las leyes de propiedad intelectual dibujan un escenario cultural con muchas atribuciones a los autores (o a sus herederos, en este caso), pero que no pone en la balanza los derechos de acceso de las obras por parte del público. Hoy los seguidores de un artista, las personas que compran y/o asisten a sus obras, no tienen protección balanceada en la justicia cuando se trata de este tipo de prohibiciones.
Pero además, y acaso la consecuencia más polémica, al no existir un adecuado balance entre la protección de los derechos de autor y los de acceso al conocimiento y la cultura por parte del público, las leyes de propiedad intelectual pueden prestarse para silenciar la libertad artística y de expresión de los mismos artistas y sus seguidores. Hoy los fans de Fairouz también lo entienden así al hacer una protesta silenciosa (http://www.gulf-times.com/site/topics/article.asp?cu_no=2&item_no=377624&version=1&template_id=37&parent_id=17) como símbolo de una cantante a la que se le ha negado cantar libremente. Es que propiciar un escenario que prohíbe una expresión artística es, también, silenciar la expresión cultural de un pueblo.
Fuente: Derechos Digitales (http://www.derechosdigitales.org/2010/08/10/el-caso-fairouz-silenciando-la-expresion-cultural-de-una-comunidad/)
¿Podría existir algo más triste que miles de fans imposibilitados de escuchar la canción preferida de su cantante favorita? ¿Habrá algo más deprimente que a un artista se le niegue cantar sus interpretaciones más representativas? ¿Habrá un escenario cultural más pobre que el que, con excusas legales, impide que toda una comunidad disfrute del acceso su patrimonio histórico musical?
Lamentablemente, todo lo anterior existe. Y los afectados lo viven con verdadera devastación. Se trata del caso que está pasando la histórica cantante libanesa Fairouz –probablemente una de las intérpretes más populares y queridas del mundo árabe– a quien una corte le ha prohibido cantar canciones compuestas por Mansour Rahbani (http://www.guardian.co.uk/world/2010/jul/29/fairouz-diva-middle-east), entre ellas la clásica operata “Ya’ish, Ya’ish”.
La prohibición responde a la demanda presentada en contra de la cantante por parte de los hijos de Mansour, una vez que éste murió. Mansour y su hermano Assi Rahbani (esposo ya fallecido de Fairouz), crearon en conjunto cientos de canciones para la cantante hasta que en 2008, los hijos de Mansour la demandaron y ahora una corte les da la razón: Fairouz no podrá cantar las composiciones de su padre en público. Todo, porque la intérprete está acusada de no pedir su permiso para cantar ese repertorio o pagarles las regalías necesarias.
Y aunque Fairouz no ha dado ninguna declaración pública, según una fuente de Al Masry Al Youm (http://www.almasryalyoum.com/en/news/fairouz-fans-organize-cairo-and-beirut), la cantante considera la disputa es un ataque personal en lugar de una aplicación legítima de la propiedad intelectual. Con todo, sus fans del Líbano y otros países se han reunido a hacer protestas ante la decisión legal, y el medio millón de miembros de la página Facebook oficial de Fairouz han repletado la web con comentarios de apoyo.
Muchas figuras públicas están tratando de convencer a los demandantes que se retracten de sus actos. Y aunque esas gestiones particulares puedan resultar, no implica que la situación no se vuelva a repetir con uno u otro cantante, con una u otra expresión cultural. Más allá de una anécdota particular, el caso de Fairouz refleja cómo las leyes de propiedad intelectual dibujan un escenario cultural con muchas atribuciones a los autores (o a sus herederos, en este caso), pero que no pone en la balanza los derechos de acceso de las obras por parte del público. Hoy los seguidores de un artista, las personas que compran y/o asisten a sus obras, no tienen protección balanceada en la justicia cuando se trata de este tipo de prohibiciones.
Pero además, y acaso la consecuencia más polémica, al no existir un adecuado balance entre la protección de los derechos de autor y los de acceso al conocimiento y la cultura por parte del público, las leyes de propiedad intelectual pueden prestarse para silenciar la libertad artística y de expresión de los mismos artistas y sus seguidores. Hoy los fans de Fairouz también lo entienden así al hacer una protesta silenciosa (http://www.gulf-times.com/site/topics/article.asp?cu_no=2&item_no=377624&version=1&template_id=37&parent_id=17) como símbolo de una cantante a la que se le ha negado cantar libremente. Es que propiciar un escenario que prohíbe una expresión artística es, también, silenciar la expresión cultural de un pueblo.
Fuente: Derechos Digitales (http://www.derechosdigitales.org/2010/08/10/el-caso-fairouz-silenciando-la-expresion-cultural-de-una-comunidad/)